Real Decreto 106/2008, de 1 de Febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
Entre los objetivos de la norma destaca la de prevenir la generación de residuos de pilas y acumuladores usados, facilitar su recogida selectiva y su correcto tratamiento y reciclaje, con la finalidad de reducir al mínimo su peligrosidad.
Será de aplicación para todo tipo de pilas, acumuladores y baterías, independientemente de su forma, volumen, peso, composición o uso.
En el Artículo 4º, punto 6, se prohíbe la incineración y la eliminación en vertederos de residuos de pilas y acumuladores industriales y de automoción.
La norma obliga a todo productor a hacerse cargo de la recogida y gestión de la misma cantidad, en peso, y tipo de pilas, acumuladores y baterías usados que haya puesto en el mercado, cualquiera que haya sido la modalidad de venta.
El procedimiento de recogida y gestión de los residuos quedan establecidos en el presente Real Decreto. Caso de baterías de automoción, la recogida será realizada por los propios productores o servicios de gestión autorizados, sin coste alguno para los usuarios. Toda la financiación de la recogida y gestión de estos residuos será sufragada por los productores, aunque si bien es conocido, es el consumidor final quién aporta parte de ese coste.
El posterior tratamiento y reciclaje de estos productos se realizará en instalaciones autorizadas.
En MARINJULIA estamos cada día más concienciados con el RESPETO al MEDIO AMBIENTE.